Delitos contra la Libertad y la Seguridad Sexual

Hostigamiento Sexual (Art. 212 Bis CPPESON)

Solicitar favores de naturaleza sexual para sí o para un tercero, con el anuncio tácito o expreso de causar a la víctima un mal relacionado con las legítimas expectativas que pueda tener en el campo laboral, docente, doméstico o cualquier otro.

PENA: 3-6 años de prisión.

AGRAVANTE: Sujeto activo aprovecha su posición jerárquica o de poder (PENA: 2-5 años).

Víctima sea menor de edad o tenga discapacidad (más…)