Código del Trabajo

Las relaciones laborales entre los empleadores y los trabajadores se rigen por este código y por sus leyes complementarias. Excepción: Estas normas no se aplicarán sin embargo a los funcionarios de la administración del estado, centralizada y descentralizada, del Congreso Nacional, del Poder Judicial, a los trabajadores de las empresas o instituciones del estado o de aquellas en que este tenga aportes, participación o representación, siempre que dichos funcionarios o trabajadores (más…)