El Matrimonio en el Derecho Canónico

Requisitos y Formalidades

2. Ámbito Personal

En el Código de 1917, la validez del matrimonio se determinaba por el bautismo o la conversión a la Iglesia Católica. Los no bautizados o bautizados en otra comunidad religiosa no estaban obligados a la forma canónica. El Código de 1983 (canon 1117, modificado en octubre de 2009) establecía la obligatoriedad de la forma canónica si al menos uno de los contrayentes era católico, a menos que se hubiera apartado (más…)