Protección de la Maternidad
La ley establece una prohibición de trabajar durante 45 días antes y 45 días después del parto, sumando un total de 90 días. Esta licencia puede distribuirse de manera diferente, siempre y cuando se respeten al menos 30 días previos al parto. En casos de adopción, se otorga una licencia similar (solo posterior) según criterios jurisprudenciales. Si el hijo nace con síndrome de Down, la licencia se extiende por 6 meses adicionales. En caso de fallecimiento del (más…)