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Movilidad Funcional y Geográfica, Modificaciones y Suspensión del Contrato: Claves Laborales
Movilidad Funcional y Geográfica, Modificaciones Sustanciales y Suspensión del Contrato de Trabajo
Movilidad Funcional
La movilidad funcional implica que el trabajador puede ser asignado a realizar funciones distintas a las inicialmente pactadas en su contrato.
- Dentro del mismo grupo profesional: No requiere justificación por parte del empresario ni tiene límite de tiempo. El trabajador percibirá la retribución correspondiente a las nuevas funciones.
- Fuera del mismo grupo profesional: Exige justificación (más…)
Regulación de la Movilidad Geográfica en el Ámbito Laboral
Movilidad Geográfica en el Ámbito Laboral
Traslados Colectivos
Se consideran colectivos, según el art. 40.2 ET, si afectan a todo el centro de trabajo, siempre que éste tenga más de 5 trabajadores, o cuando, sin afectar a la totalidad del centro de trabajo, en un período de 90 días comprenda a un número de trabajadores de al menos:
- 10 en empresas que ocupen menos de 100 trabajadores
- El 10% en empresas entre 100 y 300 trabajadores
- 30 en las empresas que ocupen 300 o más trabajadores
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Modificaciones Sustanciales de las Condiciones de Trabajo y Suspensión del Contrato
Documentación que debe entregar la empresa cuando el trabajador opta por la extinción del contrato
El trabajador que opta por la extinción de su contrato ante un traslado definitivo queda en situación legal de desempleo, debiendo la empresa poner a su disposición el certificado de empresa, que puede cumplimentar directamente en la página de www.sepe.es o bien tramitarlo a través de la aplicación informática Certific@2.
Modificaciones Sustanciales de las Condiciones de Trabajo
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