El recurso potestativo de reposición 

Según dispone el Art. 116 LRJPC, los actos administrativos que pongan fin a la vía administrativa podrán ser recurridos potestativamente en reposición ante el mismo órgano que los hubiera dictado o ser impugnados directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo. En el caso de optarse por la vía administrativa, el planteamiento del recurso judicial deberá esperar a la previa resolución del recurso de reposición. Así pues, este recurso (más…)